miércoles, 23 de marzo de 2011

LA CARACTERIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA CLANDESTINA E ILEGAL; Y EL BLANQUEO DE LA MISMA PARA SU APROVECHAMIENTO:

Los carteles colombianos y mejicanos que instalaron cocinas para la fabricación del clorhidrato de cocaína y hasta venden su resaca en las villas.-
          Los regentes rusos que explotan burdeles con mujeres sexualmente esclavizadas.-
          Los industriales coreanos que tienden la cama caliente a los bolivianos, en talleres textiles no registrados, en que viven trabajando totalmente precarizados por dos pesos.-
          Los sicarios chinos que imponen el pago a sus connacionales dueños de supermercados,  por seguridad contra sí mismo y bajo pena de muerte ante el incumplimiento.-
          Los boqueteros uruguayos que cruzan el charco para saquear las cajas de seguridad bancarias.-
          Los punguitas peruanos que aprovechan el conglomerado de gente para bolsiquearlas.-
          Las prostitutas  paraguayas que vienen a vender su cuerpo, para enviar el dinero a su país de nacimiento, beneficiadas por el cambio monetario, con la consecuente remisión de lo producido al exterior.-
          Las mecheras chilenas que desvalijan las tiendas, llevando prendas superpuestas, en bolsas  o entre las piernas, sin que nadie lo advierta.-
          Los cuenteros argentinos que se aprovechan de la ingenua ambición ajena, para hacer que se les dé sin tener que sustraer.-
          Los  tratas que secuestran jóvenes y niños para traficarlos.-
          La compraventa de órganos extraídos de personas en estado de coma irreversible o recientemente fallecidas, pero con vida cerebral, o de personas secuestrados y pasados a ser desaparecidos, para quienes son pudientes, necesitados de transplantes urgentes que no pueden esperar.-
          La compraventa de bebés que les hace perder la identidad, destinados a parejas impedidas        de procrear, promovidas por la burocracia judicial y la vetusta ley de adopción-
          Los ocupas que conforman familias presuntamente sin tierras, organizadas por punteros políticos encubiertos, para apropiarse de predios pertenecientes a terceros, con el objetivo de poder comercializarlos.-
          Los reducidores de autopartes de vehículos sustraídos, usualmente desmantelados en  talleres o galpones.-
          Las ferias que comercializan objetos robados e indumentarias con marcas falsificadas y productos de contrabando.-
          La venta callejera de los diskettes, programas de computación, películas, y música, truchos procedente de la piratería que los duplica.-
          Los trabajadores en negro, en los organismos y empresas del estado, como así también en el orden municipal, provincial, y nacional.-
          Los tercerizados del sector privado, que se los mantienen precarizados, aún haya pasado el tiempo estipulado para ser efectivizados.-
          Los cooperativistas tomadores de fábricas quebradas y abandonadas, para ser reactivadas.
          Los cartoneros que a diario viajan en el tren blanco, para competir con los recolectores de residuos domiciliarios.-
          Los pirañas que ofician de limpiavidrios en avenidas céntricas y en pleno día, para pedir monedas a cambio de su trabajo, y a su vez hacer de descuidistas frente a distraídos automovilistas.-
          Los trapitos que dirigen el estacionamiento público, y asimilados a los extorsionistas te piden dinero, para asegurarte que a tu regreso encontrarás el auto entero.-
          Los patoteros que se juntan en esquinas de las plazas y villas, para en forma amenazante cobrar peaje  a los repartidores de comercios y transeúntes.-
          El juego clandestino bancado por particulares, en competencia con la lotería oficial.-
          Los departamentos privados,  para las practicas placenteras del sexo que realizan.-
          Los trabas, que se emplazan en zonas rojas, facultados por pactos de convivencia.-
          Las pseudo clínicas abortivas, que atentan contra la vida.-
          Los curro-chantas que curan través de la imposición de manos en la frente, desmayando a los clientes; como otros curranderos que realizan trabajos de sanación, amores, daños, etc.-
         Y sigue la lista, pero paramos de contar, en honor a la brevedad.-

         Conclusión: Existe plena ocupación y gran movimiento económico varias veces millonario, a volúmenes insospechados.- Por ello decimos que, sobre las actividades ilegales se debería ejercer un mayor control por parte del estado, para evitar su comisión; y en relación a la actividad clandestina se debería blanquear de alguna forma, para dejar de llenar los bolsillos de los funcionarios corruptos, y pasar a  engrosar las arcas del estado, a los  de efectos de aumentar los salarios de sus empleados.-

DELEGACION APROPOBA BERNAL, 26 de Septiembre de2011.-

Crio. (R.A.) Luis Alberto Colantoni – Pte.-
Crio. (R.A.) Manuel González Caramés – Vice Pte.-

EL ACCIONAR DE LOS NARCOS LATINOAMÉRICANOS EN EL MERCADO ARGENTINO DE LA DROGA:

En relación a los videos de las “Madres de los Pañuelos Azules” e informe del “Seprin”, publicados en facebook, surge:
         Que los narcos bolivianos y peruanos de la cocaína, y paraguayos de la marihuana, ingresan en forma diaria, la droga por los agujeros-colador de nuestra frontera norteña, compuesta por: Chaco, Formosa, Salta, Jujuy,  Misiones y Corrientes,  a través de avionetas de vuelos bajos e irregulares, que no pueden ser detectados ni son registrados, y hacen caer sus cargamentos en extensos campos despoblados, o aterrizan en pistas clandestinas.-
          Sólo pueden ser descubiertos en eventuales casos de emergencias, por carecer de combustible o desperfectos técnicos, como consecuencia del insuficiente y obsoleto sistema de radarización.-
          Mientras tanto las autoridades correspondientes del Estado Nacional,  desafecta  al personal de Gendarmería Nacional, de una de sus tareas específicas, destinado al control en las fronteras.- 
          La demora en radarizar  las fronteras del país, en especial la norteña, con equipos nuevos, y como así también se omite impulsar la Ley de Derrive, para la vigilia eficaz del tránsito en el espacio aéreo, como lo hicieron los países vecinos de Chile, Uruguay y Brasil, la mejora del control del puerto mediante scanner que sirve a la detectación de mulas enviadas desde el exterior con droga dentro de su cuerpo, quedando nuestro territorio en un estado de indefensión, frente al contrabando en general de mercaderías, y en especial al ingreso de narcóticos.
          Que el sonado caso  Antonini Wilson, de las valijas procedentes de Venezuela, conteniendo dinero no declarado, que fuera secuestrado en el Aeroparque, atribuido al financiamiento de la campaña oficial reeleccionista, que se dice tratada entre allegados a los poderes políticos, para la concesión del mercado del narcotráfico, y que finalmente quedo en grado de tentativa frustrada, como así también la cuestionada colaboración con tal objeto de la denominada mafia de los medicamentos, mediante el aporte de sumas elevadas por cheques,  recolectados de laboratorios proveedores del estado y de obras sociales sindicales, de cuya investigación surgió operaciones ilegales como la venta de remedios robados, vencidos, adulterados, troqueles falsificados, etc.-
          Que los carteles Mexicanos se afincaron en barrios privados y otros lugares, e instalaron cocinas para la fabricación del clorhidrato de cocaína, aprovechando que la legislación nacional no establecía prohibición a su mejor materia prima conocida como efedrina, y ello le permitió obtener el precursor químico a mas bajo precio, aparentemente provisto por la mafia de los medicamentos, a la cual le  hicieron un ajuste cuentas por su incumplimiento; y cuya producción se destinó al abastecimiento de los países europeos, y sin ningún desperdicio, puesto que se vende hasta el residuo llamado "paco", resultante de su ultima refinación, y prueba irrefutable de la elaboración  en nuestro país; con efectos altamente adictivos y deterioro devastador del cerebro, dirigido al sector de la población de escasos recursos económicos; y  que originó el enfrentamiento con los previamente radicados narcos colombianos, con carteles de otros países por el control del mercado, causante de bajas en sus filas; y actualmente convenida la tregua, más bajo la fachada de importantes empresarios o empresas,  gestionaron inversiones en negocios inmobiliarios, de sospechada relación en la construcción de viviendas sociales, correspondiente a planes nacionales, entre otros, para el lavado del dinero sucio proveniente de los estupefacientes.- 
          En Conclusión: La imprevisión legislativa e ineficaz control estatal,  hizo que la  Argentina deje de ser un país de tránsito, para convertirse en: fabricante, consumidor, comercializador, exportador,  traficante de drogas, y blanqueo del dinero producto del narcotráfico internacional.-  Más el gobierno no exterioriza hechos concretos, que demuestren su voluntad de revertir la situación, amén de circular la versión que el próximo negociado, será el alquiler garantizado de la ruta del libre tránsito.- 

Delegación Apropoba Bernal, 25 de Septiembre de 2011.-

Comisario (R.A.) Luis Alberto Colantoni-Pte.-
Comisario (R.A.) Manuel González Caramés-Vice-Pte.-



Juicios por jurado: la necesidad de volver a confiar en la Justicia

Los juicios por jurado están en la Constitución Argentina desde el año 1853 pero sólo se realizan en la provincia de Córdoba desde 2004. En Chubut hay un proyecto que se debatió en la Legislatura. Y en Neuquén, se presentó un proyecto para regular su implementación. Desde el Inecip realizan simulacros en diferentes ciudades del país para acercar el sistema a la ciudadanía.

06/10/2011 : 16:50 : Hace poco más de dos semanas, la Presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, destacó la necesidad de impulsar la reforma del régimen procesal penal y también la de implementar el Juicio por Jurado. Institución que figura en la Constitución Argentina desde el año1853.

Hoy en día, sólo en la provincia de Córdoba se realiza este tipo de juicios. En Chubut se confeccionó recientemente un proyecto que se debatió en la Legislatura; y en Neuquén, se presentó un proyecto para regular la implementación de este tipo de juicios. Pero aún ninguna lo implementa.                                                                                                   

Desde el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), que promueven la institucionalización del juicio por jurado, explican que si bien existe un prejuicio bastante instalado en la corporación jurídica en sentido que "la gente no se interesa" o que si se interesa "no es idónea" para decidir casos judiciales, sería muy importante que estos se realicen para devolverle la confianza del Poder Judicial al pueblo.

Esta semana un nuevo simulacro de juicio por jurado se está llevando a cabo en el país. El ensayo que se realiza en Pergamino, localidad ubicada a 222 kilómetros de la ciudad de Buenos Aires, es un nuevo esfuerzo por demostrar que este tipo de juicios le brindan legitimidad al poder judicial. La semana pasada, otro simulacro se había realizado en La Plata.

Desde el Inecip, Leticia Lorenzo, responsable del área de capacitación, explica a Online-911: “Hacemos convocatorias abiertas a la ciudadanía a inscribirse para ser jurado y hasta ahora nunca nos hemos quedado cortos de gente que quiera participar. Tanto en Neuquén el año pasado, como en Bariloche en abril y ahora en Pergamino la gente ha escrito o ha llamado para anotarse y ser parte de las actividades”.

Andrés Harfuch, director del Programa de Juicio por Jurados y Participación Ciudadana del Inecip, dice que el beneficio de implementarlos “es inmenso” y “supera largamente a cualquier crítica que se le pueda hacer”.

“Con los juicios por jurado se le quita a la Justicia una enorme presión y eso facilita que se vuelva más fuerte e independiente frente a los otros dos poderes políticos”, señala.

Consultado por este portal un fiscal de instrucción y de juicio de la provincia de Buenos Aires, comenta que para él sería muy difícil que estos juicios se logren implementar porque generaría un rechazo de la ciudadanía. “La gente de por sí ya es reticente a presentarse en la justicia, por eso es muy difícil que se comprometan, porque el compromiso cívico que tiene la gente cada vez es menor”.

Con relación al prejuicio de que "a la gente no le interesa participar",  Leticia Lorenzo cree que es justamente una construcción generada por los abogados y funcionarios judiciales para evitar ceder un importante espacio de poder. “Yo he trabajado mucho en temas vinculados a incorporar a la ciudadanía en el seguimiento del trabajo del sistema judicial y mi experiencia es que en general la gente quiere saber cómo funciona el sistema, quiere entender por qué se toman las decisiones que se toman y quiere tener la oportunidad de intervenir”.

En nuestro país el juicio por jurado rige desde hace más de siete años en la Provincia de Córdoba. Hasta el momento ya se celebraron 200 procesos. En cambio hace siglos que están vigentes otros países como Brasil, Panamá, Jamaica, Nicaragua, Dominica, Granad; y también en los Estados Unidos, Reino Unido, España, Francia, Australia, Austria, Bahamas, Belice, Canadá, Guyana, Irlanda, Malta, Nueva Zelanda, Bélgica, Japón, Rusia, etc.

“Nadie puede decir si hubo o no legítima defensa, un error invencible o una incapacidad psíquica, si no sabe lo que es. Esos temas no se les puede explicar a la gente en cinco minutos, siendo que el derecho penal lleva más de cinco años de facultad”, refuta un abogado penalista que pide reserva de su identidad porque dice que no quiere ser uno de los que se proclama en contra de los juicios por jurado.

Desde el Inecip explican que si el discurso jurídico se vuelve más comprensible y manejable en forma directa por la población y si al ámbito judicial se incorporan actores diferentes a los abogados, éstos saben que cederán mucho poder.

“Ahora, como no es "políticamente correcto" decir que no queremos que nos quiten la quintita que nos hemos armado, es más elegante sacar argumentos pseudo jurídicos o hacer un salto intuitivo y decir que "la gente no tiene interés”, dice Lorenzo, quien concluye: “Yo desconozco la existencia de encuestas, estudios o investigaciones que establezcan que la población argentina manifiesta en forma contundente que no le interesa participar en las decisiones judiciales”.

21 DE SEPTIEMBRE: DÍA DEL RETIRADO.

Saludamos en la fecha, a todos los camaradas por ser el "Día del Retirado, Jubilado y Pensionado de la Policía de la Provincia de Buenos Aires".

LA INVERSA APLICACIÓN DEL SISTEMA NORMATIVO DE PREMIOS Y CASTIGOS:

En dos recientes fallos, la justicia civil indemnizó en un caso a un delincuente detenido, y en otro caso a los familiares de dos delincuentes abatidos,  por daños morales.-

Uno de ellos fue en un supermercado de Flores, donde entra un delincuente, y el policía de custodia lo advierte, sale a la calle para tomar posición, y otro delincuente que oficiaba de campana, desde atrás de un árbol, le efectuó 19 disparos al policía, que impactaron en el chaleco antibalas, y como consecuencia de las heridas recibidas, pierde fuerza y se desploma en la vereda, necesitando seis meses para su recuperación.-Posteriormente se descubre al autor escondido en la denominada Ciudad Oculta, y al momento de su detención, se le encuentra en su poder el arma reglamentaria robada al agente, que hirió de gravedad intentándolo asesinar.-

El otro fue, cuando dos ladrones entraron en un garaje de Capital Federal, y redujeron al cuidador,  mediante amenaza de arma de fuego, para intentar robar un vehiculo; circunstancias en que pasaba personal policial por el lugar, y los sorprendió en la comisión delictual, por lo cual se origina un enfrentamiento armado, y en cuyo entrecruce de disparos, logran ser abatidos los dos delincuentes.-

Por el cual la justicia responsabilizó a la policía en un 50 %, dado por actuar con exceso de legítima defensa, debido al empleo irracional de medios para  impedir o repeler la agresión; siendo el otro 50 %, cargado al ladrón con arma para robar, que se resistió a la aprehensión, provocando  su propia muerte; no obstante se indemnizó a su familia, por la pérdida del sustento del activo trabajador, generador de recursos.-

Y de ello extraigo como conclusión, que en ocasión que el delincuente pretende robar, y el policía lograr su detención, que deriva en un intenso tiroteo, donde las partes ponen en juego sus vidas, es una cuestión subjetiva que no tiene medición; y que en el país del revés, la desequilibrada balanza de la justicia civil, a través de la inversa aplicación de los derechos humanos y selectivos, basado en el sistema normativo de premiar al criminal, y castigar a la sociedad, se inclinó a promover la industria del juicio.-

18 de Septiembre del 2011.-


Firmado: Comisarios (R.A.) Luis Alberto Colantoni y Manuel González, Presidente y Vice-Presidente de Apropoba-Delegación Bernal-(Quilmes).-

UNAS SUGERENCIAS COHERENTES EN CASOS DE VIOLENCIA FAMILIAR:

Los hombres dominantes, celosos y cobardes, imponen su fuerza ante la debilidad de la mujer,  para descargar la tensión acumulada; mediante golpes e insultos que le dañan el cuerpo, lastiman el alma y corazón espiritual, hacen perder la autoestima y, confianza para tomar el control total de su vida.

Si no eres comprendida, respetada y valorada, sino por el contrario maltratada, es porque no te debe amar; y frente a esa situación, no te cargues con la culpa ajena, antepone a la vergüenza que sientas, romper con el silencio y liberarte de la vejación.

Y aunque estés histérica y confundida, no te dejes convencer por la asunción parcial de responsabilidad, aparente arrepentimiento, promesa de solicitar ayuda y argumentación de conservar la integración familiar, para reanudar la relación como sí nada pasó, dándote esperanzas vanas de solución.

Porque es irremediable que el violento repetirá la acción y con una mayor escalada de agresividad, en peligro potencial de que te quite la vida; por lo que te sugiero no cambies de opinión y termina definitivamente la morbosa relación.-

17 de Septiembre del 2.011.-


Firmado: Comisarios (R..A.) Luis Alberto Colantoni y Manuel González, Pte. y Vice-Pte. de Apropoba Delegación Bernal -(Quilmes). 

LA DETECTACIÓN DE LA FALSIFICACIÓN DE BILLETE:

                                                      1) EL NÚMERO: Es registrado contablemente en serie y por ende no puede ser repetido salvo que fuera falso.

                                                      2) EL TACTO: Es empleado por aquellos que están acostumbrados a manejar papel moneda como los empleados bancarios que con sólo tocar el billete por la textura, altos y bajos relieves, advierte la falsificación y los ciegos por la cantidad de puntos existentes al centro del costado derecho visto de frente establecen el valor.

                                                      3) LOS TRAZOS Y LA TINTA: Las líneas finas se entrecortan y la aglutinación de tinta se empasta y produce un manchón.                            

                                                      4) LA FIBRILLA: Son pestañas corpóreas de distintos colores y hasta invisibles que se incorpora en forma indiscriminada en la masa fresca del papel en momentos de su fabricación quedando sobre la superficie del mismo permitiendo ser extraído raspando con la punta de una aguja o alfileres lo cual no se puede hacer con el falso por ser pintado.

                                                     5) LA MARCA DE AGUA: Es dispuesta en el centro del margen izquierdo visto de frente y lograda la impresión mediante la presión de los bordes de un sello que conforma la imagen de un prócer aplicado sobre la masa fresca del papel provocando su desplazamiento hacia los costados para constituir bajos y sobre relieves posible de visualizar la figura a tras luz por transparencia lo cual se suele imitar con planchado de cera observable aun sin tras luz y al tacto solo se advierte el sobre relieve.

                                                     6) EL IRIS: Es un dibujo existente en ambas caras del billete que visto a tras luz se complementan en un encastre perfecto; cuando se observa su desplazamiento de los márgenes es indicador seguro de ser apócrifo.

                                                     7) LA VARIACIÓN DE COLOR: En billetes de cien pesos, el valor contiene una composición química que permite a su inclinación por reflejo de la incidencia de la luz observar que la tinta varía de color con relación a la vista de frente.

                                                     8) LA REACCIÓN A LA LUZ ULTRAVIOLETA: La exposición del billete a la luz ultravioleta, cuando este es auténtico no produce reacción por absorción de la luz que neutraliza el papel debido a que su masa no contiene cola que lo una; en cambio, cuando es falso se produce una reacción de retractación de la luz en la cola.

                                                     9) EL BILLETE DOLAR: Es construido con tela y dado a la elasticidad de la misma, cede a la presión ejercida desde ambas extremos que se hace notorio en su estiramiento y algunas de sus serie contienen tinta ferrosa que ha permitido detectar su falsedad al pasar por los extremos polares de un sistema eléctrico que cuando es auténtico, el metal hace cerrar el circuito y prender la lamparita dispuesta en el centro del aparato y cuando es falso, ella permanece apagada.

17 de Septiembre del 2.011: Fdos. Comisarios (R.A) Luis Alberto Colantoni y Manuel González, Pte. y Vice-Pte. de Apropoba Delegación Bernal.

LA APRECIACIÓN SUBJETIVA DE LA ESTRUCTURA DE ORGANIZACIÓN PIRAMIDAL DE LOS VALORES CULTURALES DE LA POLICÍA Y DE LA EVALUACIÓN DEL PERSONAL PARA EL ASCENSO DE GRADO:

                                                1)     LA RESPONSABILIDAD FUNCIONAL:

Es asumir las obligaciones que impone el cargo y responder por las consecuencias derivadas de la influencia, decisión y acción graduada conforme a la importancia que tiene la función (mayor cargo correspondiente al grado superior) y la complejidad que tiene el des tino (socioeconómica de la jurisdicción) es medida por su intensidad según fuera directa o indirecta acorde al poder de decisión para la iniciativa de la acción o en circunstancias críticas ante situaciones de necesidad y urgencia que son las más relevantes y difíciles de resolver en que se deben poner en juego habilidades y destrezas para solucionar conflictos bajo la presión del escaso tiempo de reacción para dar una respuesta frente a la emergencia o en casos de exceso del deber por ausencia de normativa preestablecida de sujeción que deja la actuación librada al exclusivo criterio discrecional del conductor.                                                                    
                                                2)     LOS NIVELES DE RESPONSABILIDAD:     

La Dirección: Es ejercida por Oficiales Superiores y consiste en el diseño de la política de seguridad a través de la planificación estratégica.
La Conducción: Es ejercida por Oficiales Jefes y consiste en la táctica de coordinación de las operaciones mediante la combinación de elementos y acciones.
La Supervisación: Es ejercida por Oficiales Subalternos y consiste en el control del cumplimiento de las órdenes impartidas.
La Ejecución: Es ejercido por Oficiales y consiste en el cumplimiento efectivo de las ordenes concretada en las acciones.

                                              3) LA CADENA DE MANDO:

Es fundada en el poder de la autoridad y la obediencia debida, y consiste en el derecho que tiene el superior a ordenar y la obligación que tiene el subordinado a obedecer, en cumplimiento del deber y el respeto reciproco, lo cual dificulta la racionalización del previo análisis y posterior reflexión del mandato, y prostituye la disciplina al negar la desautorización jerárquica, siendo ello funcional a la comisión de abusos mediante la aplicación arbitraria de sanciones indiscriminadas, represalias de sometimiento a la esclavitud a través de sobrecargas horarias muchas veces innecesarias o traslados injustificados a destinos peligrosos y lejanos de sus casas en desarraigo de familiares y amigos, persecuciones convertidas en despidos sin causa, explicación ni defensa, tendiente a infundir temor en los subalternos para vencer la resistencia opuesta para tejer un sistema de encubrimiento de las jerarquías y en última instancia obsta a la libre circulación de ideas entre estamentos.

                                                4) EL ESPÍRITU DE CUERPO:

Es el compromiso de aunar esfuerzos para el logro de los objetivos de la repartición generador de un sentimiento de pertenencia compartido entre sus miembros hacia la organización, de servir
con lealtad que conlleva a formar un circulo corporativo de encubrimiento de hechos y levantar una muralla de silencio que opaca la transparencia de la actuación y obstaculiza la investigación de lo que sucede en su interior para evitar que su trascendencia al exterior pueda desprestigiar la imagen institucional en favor de la impunidad. 

                                                5) LA VOCACIÓN DE SERVICIO:

Sufrió una transformación desde las antiguas promociones de tendencia natural a la sensibilidad social con sacrificar por sus semejantes en servir a los demás sin espera de recompensa, exteriorizada en exponer la vida por personas desconocidas o trabajar en días festivos renunciando  a la compañía de sus seres queridos y la nueva generación de ocasión que ingresa a la repartición a prestar servicio por el exclusivo interés personal de alcanzar estabilidad económica, posición social y prosperidad de vida.

                                                 6) LA ÉTICA PROFESIONAL:

Es el seguimiento de las reglas morales que conducen al comportamiento ejemplar, de actuar con Humanidad lo cual es posible ver reflejado en la gradual atenuación de la sanción mal llamada corrección, cuya modalidad de aplicación vario desde el arresto mediante la sujeción personal de sometimiento voluntario a la privación de libertad y la responsabilidad patrimonial de la pena pecuniaria con la suspensión de empleo aun digo que el castigo sigue siendo severo y  debiera cristianizar con eliminar en base a la innajenabilidad del sueldo por su naturaleza alimentaria destinada a la subsistencia humana.
Honradez de defender lo justo y equitativo y repulsar la corrupción e impunidad, y Honestidad de ser sincero no faltando a la verdad y fiel al cumplimiento de la palabra empeña que niegue defraudar la buena fe ajena de la con fianza depositada y la responsabilidad de asumir la obligación que le impone la función y no lavar las manos cargando culpas a terceros.                                                      

                                                7) LA CAMARADERÍA ENTRE EL PERSONAL:

Es la sociabilidad del compañerismo amistoso con respeto mutuo, la solidaridad de la ayuda reciproca en función del bienestar general, y la inclusión de la deliberación con inter cambio de ideas, sana crítica y reflexión para la reconversión que enriquece la actuación.

                                                8) LA POLICÍA DE APROXIMACIÓN:

Es el paradigma de la nueva policía de favorecer la relación policía-comunidad a través del acercamiento a la población para ganar su confianza a los fines de obtener información.

                                                9) LA CAPACIDAD DE COMUNICACIÓN:

Es el trato de la atención, poder de adaptación social, de persuasión en la interacción y de
negociación en la gestión.

                                                10) LOS ANTECEDENTES REGISTRADOS:  

Son los meritos de puntajes y conceptos de calificaciones de los superiores, la antigüedad en el grado o grados anteriores, y las condiciones de restricticciones para poder ser evaluados al ascenso de grado como sumarios pendientes de resoluciones o situaciones de disponibilidad.

                                                11) EL RENDIMIENTO DE LA ACTUACIÓN:

Son las faltas, carpetas medicas fuera de servicio, correcciones de falencias y sanciones disciplinarias.

                                                12) LOS RESULTADOS ESTADÍSTICOS:

Es el indicador de la eficaz intervención por la mayor acción de prevención en relación a la menor cantidad de delitos cometidos y de represión en relación a la mayor cantidad de hechos esclarecidos.

                                                13) LOS ACTOS DESTACADOS:

Es el merecimiento de premios por actos de servicio, acreditado mediante sumario y otorgado por la responsabilidad y profesionalismo.

                                                14) LA CAPACITACIÓN Y EXPERIENCIA:   

Es formación permanente de actualización que da la teoría del saber y la práctica del trabajo que da el saber hacer en relación a la función cuya conjunción aseguran la tarea eficiente

                                                15) LAS CONDICIONES DE MANDO:

Es el ejercicio de la autoridad y la característica de liderazgo que debe tener el oficial de conducción para el mejor desempeño de la función de imponer orden y ser guía del personal a cargo.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                
                                                16) LAS CARACTERÍSTICAS OPERATIVAS:

Son las cualidades de autoconfianza, iniciativa, autocontrol, cooperación, coordinación e integración de la acción. 


12 de Septiembre del 2.011. Fdos. Comisarios (R.A.) Luis Alberto Colantoni y Manuel González, Pte. y Vice-Pte. de Apropoba Delegación Bernal.

LA RETRIBUCIÓN ESPECIAL DE SEIS MESES DE SUELDO, NO ES EL COBRO DE UN PREMIO JUBILATORIO, SINO UN DERECHO POR TRABAJO NO COMPENSADO:

                                                          Que desde la década del noventa, a los empleados  públicos provinciales, a los cuales estamos asimilados por formar parte de la administración central, se les otorgo una retribución especial de 6 meses de sueldo, por cese en la actividad, que se fundó en la reparación salarial por días trabajados no computados, acumulados a lo largo de la vida laboral,  que fueron reconocidos al término de la carrera profesional, cuyo beneficio con manifiesta arbitrariedad, se acordó anacrónicamente al personal  de nuestra  policía provincial, a destiempo respecto del resto de los agentes estatales, toda vez, que recién se incluyó en la nueva Ley 13.982/09; y en virtud a ello digo corresponde igualar con carácter retroactivo,  por cuanto todos tenemos el mismo derecho a que nos sea reconocido los días nro. 31 trabajados, sin que hayan sido compensados por puro derecho,  al margen de la sanción legal que lo reconoció,  puesto que el trabajo es presumido oneroso.

                                                         Ya que nos pagan el sueldo por cada treinta días,  por cada mes calendario, en el año, y en los meses que tienen 3l días, no se nos abona ése último día; y tomando que durante el año existen siete meses con dicha cantidad de días, en consecuencia por ello da que hay que multiplicar los siete días  anuales, por treinta años de servicios prestados, dando por resultado,  un total de 210 días, es decir seis meses y fracción,  que en la carrera no nos abonan  como correspondería.                                                                      

                                                          Que el Art 60 de la Ley 13.982/09, prevé que "el personal en retiro activo, tiene los derechos y deberes propios del personal en servicio activo", estableciendo una excepción al principio de irretroactividad legal, por cuanto la ley expresamente dispone los contrario, posibilitando su retroactividad,  y siendo que para el personal en actividad es un derecho adquirido, debe ser extendido al personal en pasividad, por los principios de igualdad ante la ley e indiscriminación arbitraria.                                                                                                                                  

                                                          Que en concordancia, el Art 21 del Dto. Reg. 2382/05, garantiza la movilidad del haber previsional, al respecto del cual la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, en causas B-51.951, B-53-103, B-53.603, B-54.726, y B-58.053, fallo que el principio de movilidad, se debe traducir en una razonable proporcionalidad entre la situación del retirado, y la que resultaría de continuar el afiliado en actividad, proporción que dejaría de existir, de no ser trasladado dicha retribución, de evidente carácter remunerativo al personal pasivo; así es que si al momento de pasar a retiro o jubilación, el efectivo reunió los requisitos legalmente exigidos de  tiempo de servicio, efectivamente prestados a la institución, para percibir el máximo del sueldo correspondiente al grado de revista; salvo que haya usufructuado del pase a disponibilidad a espera del retiro con goce de sueldo, es acreedor del pago del citado beneficio, y por ende le corresponde ser percibido.

Comisarios (R.A.) Luis Alberto Colantoni y Manuel González, Pte. y Vice-Pte. de Apropoba Delegación Bernal.


EL MEDIATIZADO CASO DEL CRIMEN DE CANDELA, SIRVE A UN SECTOR DE INESCRUPULOSOS PARA SACAR RÉDITO POLÍTICO:

En relación al caso del asesinato de        la menor "Candela Rodríguez" a raíz de espontanea auto-convocatoria a movilización vecinal para peticionar por justicia y seguridad, sin participación de familiar, llegó en forma pacífica hasta la comisaría local de Hurlingham, irrumpiendo en la misma un grupo que convenció a la autoridad policial para que salga a la calle a dar respuesta, lo que derivó en incidentes violentos presuntamente promovido por infiltrados políticos de activistas agitadores de masa que cometieron agresiones personales y daños materiales en las instalaciones policiales, y digo que el Poder Ejecutivo como administrador tiene la obligación de gobernar, el Ministro de Justicia y Seguridad como conductor de la fuerza tiene la responsabilidad política de la seguridad, los fiscales como representantes de la sociedad tienen el deber de investigar los crimines, los legisladores como creadores de la política de seguridad tienen que establecer los códigos penales y procesales, los magistrados como terceros independientes e imparciales tienen que administrar justicia y la policía como mero instrumento tiene el deber de ejecutar las órdenes de todos ellos. Entonces, ¿por qué razón la sociedad descarga su ira contra nuestra institución, sino es más que el medio empleado por el sistema? cuando en verdad la realidad indica inculpar a los magros resultados obtenidos por el sistema mismo, siendo la única explicación que queda es ser quien en las malas dá la cara; y si lo que se reclama es la presunta connivencia entre la policía y la delincuencia, es de desechar la idea, desde que el delincuente uniformado representa el peor enemigo para un policía honrado (que son la mayoría) y a los que aprovechando este caso infortunado hecho, propician el retorno a las viejas recetas que históricamente fracasaron con la intervención política tendiente a eliminar el autogobierno policial, que resulta ser el más apto para ejercer tal función por capacitación profesional y experiencia laboral, consumada sin previa planificación que fuerza a la improvisación de la gestión o comprar proyecto del exterior sin aplicación a nuestra realidad, la reforma y contrarreforma estructural de cambio cultural, no sustentable en el tiempo que generaron inestabilidad de la política de seguridad e incertidumbre institucional, dado a los permanentes cambios de criterios producto de experimentar con aprehender por prueba y corrección de error, cuando la seguridad reviste la mayor seriedad pues en ella está expuesta la vida del ciudadano e impidió la fijación de reglas claras de juego, la purga policial para la depuración indiscriminada que redujo al mínimo al personal más experimentado y restó capacidad operativa a la organización sin ninguna justificación, en contradicción a los fines específicos de la institución ya que en vez de prevenir y reprimir el delito, sólo se limitó a perseguir al personal policial para encubrir la ineptitud de los dirigentes, lo cual ofició en desmedro del prestigio de la repartición, dado a que aún siendo casos aislados se logró instalar en el ideario social su generalización o en último instancia pregonó tratar de una “sensación de inseguridad”, respaldado en elaborados análisis estadísticos que a nadie engañó por oponerse a la percepción de la realidad; la promoción de la legislación garantista que restringió el poder del acción policial; la designación de jóvenes e inoperantes fiscales en la investigación criminal; debido a la escasa formación por cuanto la materia en cuestión no enseña en casas de estudios universitarias y la falta de práctica que obstaron al esclarecimiento de los hechos; y la justicia en favor de la impunidad cuya balanza se inclinó a liberar presos frente a las condiciones inhumanas de alojamiento y superpoblación carcelaria.
En resumen, digo no le alcanzó dos periodos de gestión y casi ocho años de tiempo perdidos para esbozar un resultado positivo y que ahora viene por mas para terminar con la aniquilación policial.

-Fdos. Comisarios (R.A.) Luis Alberto Colantoni y Manuel Gonzalez, Pte. y Vice-Pte. de Apropoba Delegación Bernal.



COMUNICADO DE APROPOBA: NACIMIENTO DE UNA NUEVA SUBDELEGACIÓN DE APROPOBA EN BERAZATEGUI, RATIFICANDO EL CONTINUO CRECIMIENTO DE NUESTRA ENTIDAD; FELICITACIONES:


Al Sr. Srio. Gral. Miguel Reynoso: Informo a Ud. Que en la fecha, fue resuelto por mayoría de votos readecuar a la comisión directiva conforme a los domicilios de sus miembros por partido para crear la nueva Subdelegación Berazategui, quedando ella conformada bajo la Presidencia del Comisario (R.A.) Jose Maria Bramati  secundado como Vicepresidente por el Crio. Insp. (R.A.) Dante Villanueva, y siendo Secretario el Crio. Inspector (R.A.) José Miguel Huici; a éstos los acompañan como vocales: Crio. Insp. (R.A.) Antonio Aníbal Gómez, Comisario (R.A.) Guillermo Parissia y Crio. Insp. (R.A.) Alfredo Alcaraz, en virtud a lo cual solicito su registro, publicación, y consecuente desafectación de esta delegación.


Luis Alberto Colantoni, Comisario (RA), Pte. Apropoba Delegación Bernal

 
correo extraído de http://www.apropoba.com.ar/

COMUNICADO DE APROPOBA RESPECTO AL CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA:

Sr. Apoderado:

No deberá presentar Certificado de SUPERVIVENCIA

El Directorio de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires resolvió con fecha 22 de Junio del corriente año por expediente Nº 2138-208503/11 que a partir de dicha fecha los beneficiarios que perciban sus haberes por medio de apoderados no deberán presentar certificado de supervivencia, con excepción de aquellos afiliados que vivan en el exterior o se encuentren privados de su libertad, como así también aquellos casos en que por distintos motivos que así lo ameriten, sean requeridos por la Presidencia.
La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires a través de los intercambios de datos con la Nación, la Provincia de Buenos Aires no hacen necesario la presentación de los Certificados de Supervivencia.

NUESTRAS 2 CUENTAS EN REDES SOCIALES:

Recientemente creamos una cuenta en Facebook y otra en Twitter, siendo en cada una nuestro nombre de usuario apropoba-bernal@hotmail.com ; tal nombre es, dicho sea de paso, el mismo de nuestra dirección de correo electrónico.

EL EJERCICIO ABUSIVO DEL SERVICIO PRESTADO POR LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY Y CONSECUENTE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO PROVINCIAL:

Hecho eco de lo difundido en los medios respecto del abuso cometido en la aplicación del sistema de código de descuento que a través de convenio, otorgó el poder ejecutivo bonaerense a favor de mutuales y financieras, mediante el cual se les garantizó el cobro de créditos contraídos por los empleados públicos por cuotas societarias, pagos de consumo y servicios de préstamos, actuando de intermediario como agente de retención de sus salarios, siendo que el Dto. Pcial. 355/11, eximió a la mutual Italia del cumplimiento de obligaciones previstas en el Dto. Reg. 754/00, que prohíbe deducciones superiores al 20% de los ingresos por préstamos acordados a los agentes de la administración pública provincial aplicados en forma indiscriminada y a tasas usurarias que han llegado hasta una quita del 100% de la remuneración mensual. No obstante el Ministerio de Trabajo, omitió tomar intervención, a pesar de contrariar su objetivo de velar por el cumplimiento de las leyes laborales y proteger los intereses de los trabajadores bonaerense, calificado como acuerdo de descuento ilegal por asignar a una mutual un código de descuento de sueldo exento de los requisitos y controles necesarios, dando un trato preferencial frente a la oposición de una norma de carácter general; por violar el principio de inderogabilidad singular puesto que un acto administrativo particular no puede derogar un decreto reglamentario general porque el Estado Provincial tiene la obligación de aplicar la reglamentación a todos por igual sin excepción de privilegiar supuesto concreto aun fuera en beneficio del interés público ya que los órganos administrativos no deben vulnerar sus propios principios así es que para poder dictar un acto de alcance particular apartada del mismo, es necesario derogar la normativa preexistente mas no es debido aplicar sin previa autorización del usuario; y estando autorizados los responsables de las oficinas pagadoras a efectuar descuentos, quitas o retenciones, en casos en que hayan sido facultados por ley o tengan carácter de reintegro a la administración por sumas percibidas indebidamente o pago de cuotas, aportes periódicos o contribuciones de afiliados o asociaciones sindicales con personería gremial, miembros de sociedades mutuales o cooperativas, integradas o dirigidas exclusivamente por los empleados estatales siempre que el monto total de las deducciones no excedan del 20% del haber mensual y siendo que los funcionarios encargados de pagar no se podrán liberar de su obligación de hacer cumplir la ley que establece el tope limite de deducción salarial en protección del sustento familiar, de cuyo accionar responderá el estado empleador afectando a la sociedad, así que en vez de retener sucesivos 20 %, acumulativos hasta que sus compañeros lleguen a cobrar migajas, debieran acotar solo el 20% del sueldo y que los demás acreedores queden a la espera de su turno de cobro por orden cronológico.

–Fdo. Luis Alberto Colantoni y Manuel Gonzalez, Pte. y Vice-Pte. de Apropoba Delegación Bernal.    

LA LIBERTAD SINDICAL ES UN DERECHO NATURAL-HUMANO DE ORDEN SUPRALEGAL:

Por tratar de una norma de conducta no escrita que deviene inherente a la naturaleza humana que reposa en lo cultural de las buenas costumbres del pueblo por su constante modo moral de obrar, en virtud a que el hombre por naturaleza es un ser social por surgir de su interior la necesidad de unir en el trabajo para poder prosperar y funda en la dignidad de ser merecedor de respeto a los efectos de desarrollar, caracterizado en universal, inmutable y cognoscitivo, anterior y superior al derecho positivo, por serle dotado desde su nacimiento y hacer a la esencial del ser y como creación de dios "fuente de toda razón" fundamenta el derecho en la razonabilidad de las normas creadas por convención entre las personas que son imperfectas y se pueden equivocar; por ello es que se deben subordinar al orden supralegal, ya que el límite de su razón es hasta donde dios la iluminó y en el caso particular se expresa en la equidad por primacía de la realidad y justicia social, es que se debe dar igual trato a similar situación, habida cuenta de encontrar en idéntica condición de trabajador para no otorgar a unos, lo que se priva a otros, siendo que todos tenemos los mismos derechos sin privilegio alguno, evitando con ello incurrir en discriminación de exclusión arbitraria, dando un trato desfavorable entre iguales, mediante la negación del derecho sin causa justificable, mas teniendo previstos los caracteres de absoluto, irrenunciable, irrevocable, imprescriptible, inviolable, indemne, y progresivo es que permite crear el derecho sin que antes el estado lo haya legislado.

-Fdo. Comisarios (R.A.) Luis Alberto Colantoni y Manuel González, Pte. y Vice-Pte. de Apropoba Delegación Bernal.

24 Y 25/08/11: 5º CONGRESO INTERNACIONAL DE LA CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES POLICIALES Y PENITENCIARIOS DE LATINOAMÉRICA (C.T.P.P.L.), Y 1º DEL URUGUAY. LLEVADO A CABO EN FLORIDA-URUGUAY. REALIZÁNDOSE UN TALLER DE SALUD LABORAL Y OTRO DE EXPOSICIÓN DE GÉNERO Y EQUIDAD, PARA CON LOS POLICÍAS Y PENITENCIARIOS. ADEMÁS SE ELABORÓ EL ESTATUTO DE LA CONFEDERACIÓN, Y SE OFICIALIZÓ LA CREACIÓN DE LA ESPERADA ASOCIACIÓN QUE NOS AGRUPA. AL ACTO CONCURRIERON MIEMBROS DE LA DELEGACIÓN APROPOBA-BERNAL (QUILMES):












LA VERDAD CONTADA A MEDIAS ES UN INSULTO A LA INTELIGENCIA:

En relación a la difundida reunión realizada, a mitades del mes último pasado, por los representantes de los Círculos Policiales y Centro de Retirados, en la cual mantuvieron entrevista con el Sr. Ministro de Seguridad y Jefe de Policía, de la que surge que los 500 pesos de incentivo por presentismo, que desde Enero del corriente año percibe el personal policial en actividad se evalúa extender al personal en pasividad mediante la función con nuevos aumentos, lo que se omitió decir es que dicho suplemento tiene carácter transitorio por un año y caduca en Enero del año venidero, en tanto los aumentos se otorgan dos meses después de ello, y a juzgar por la evaluación ministerial respecto al re-escalafonamiento del personal de suboficial que no sería retroactivo es que considero que tal criterio será seguido por la caja como organismo que cumple la función del poder ejecutivo en materia previsional dentro del ámbito policial, en conclusión no habría la mas mínima intensión de pagar a los pasivos, hecho que al parecer fue advertido por Apodhere, quien planteo el reclamo al Presidente de la Caja de Re tiros para su resolución, acordando termino y quedando en Septiembre próximo para que se le dé una respuesta así que si cobramos dos meses, désmoles gracias a Apodhere.

-Fdo. Comisarios (R.A.) Luis Alberto Colantoni  y Manuel Gonzalez, Pte. y Vice-Pt.e de Apropoba Delegación Bernal.