miércoles, 23 de marzo de 2011

BORRADOR DEL PROYECTO DE LEY "DE ACTUALIZACIÓN DE ESCALAFÓN PARA SUBOFICIALES, PRINCIPALES Y MAYORES", PRESENTADO POR EL SENADOR PROVINCIAL (DE LA PROV. DE BS. AS.) RAMIRO GUTIERREZ, DEL PARTIDO "UNIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL", PARA SU TRATAMIENTO:

BORRADOR

PROYECTO DE LEY

ACTUALIZACIÓN DEL ESCALAFON POLICIAL


EL Senado y la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de

LEY


Articulo 1º: Todo efectivo policial retirado, pensionado, jubilado o en funciones, que habiéndose desempeñado en las jerarquías de Suboficial Principal o Suboficial Mayor según la ley 9550, pasare a ocupar la jerarquía de Teniente o Teniente 1º producto del reescalafonamiento instrumentado por la ley 13.982, pasará, a partir de la sanción de la presente ley, a ocupar la jerarquía de Capitán y Mayor respectivamente, obteniendo todos los derechos y asumiendo todas las obligaciones que la misma conlleva.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo


FUNDAMENTO
Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propicia que todo efectivo policial retirado, pensionado, jubilado o en funciones, que siendo Suboficial Principal o Suboficial Mayor según la ley 9550, pasó a ocupar el grado de Teniente o Teniente 1º producto del reescalafonamiento producido por la ley 13.982, pasará a ocupar el grado de Capitán y Mayor respectivamente.
La ley número 13.982 fue la última reforma a la ley de personal de la policía de la Provincia de Buenos Aires, ésta, ocasionó un verdadero desajuste para con el personal del subescalafón general, específicamente para aquellos que antes de la reforma revestían la jerarquías de Suboficial Principal y Suboficial Mayor del entonces Escalafón de suboficiales, como lo expresara la ley 9550.
En 1980 se sancionó la ley 9550 según la cual ingresó el personal ahora perjudicado. La misma contemplaba dos escalafones, uno superior o de oficiales y uno inferior o de personal subalterno, este último contemplaba 8 jerarquías como se puede apreciar a continuación.

Ley 9550/80:
1) Agente (ingreso a la fuerza)
2) Cabo
3) Cabo 1º
4) Sargento
5) Sargento 1º
6) Sargento Ayudante
7) Suboficial Principal
8) Suboficial Mayor (término de la carrera)

En el año 2004 se sancionó la Ley 12.301, en ese entonces el Ministerio de Seguridad estaba a cargo del Dr. Arslanian. Dicha ley contempló un solo escalafón para todo el personal y la promesa de la posibilidad de que cualquier efectivo podía llegar a las máximas jerarquías de la repartición, posibilidad que en la realidad no alcanzó a ninguno de los involucrados, pero el reescalafonamiento ocasionado por esta norma ubicó a los originarios suboficiales Principales y Suboficiales Mayores en la nuevas jerarquías de Teniente y Teniente 1º, del escalafón único.
Pasaron los años y la imposibilidad de aplicación de una legislación nacida con errores insalvables que ocasionaron la anarquía en la carrera policial y la imposibilidad cada vez más evidente de que esto llevaba a un desorden total dentro de la institución hizo necesario una nueva reforma de la ley de personal que se llevó a cabo mediante la ley 13.982 en el año 2009, en la que se instauraron nuevamente dos escalafones aunque con distintos nombres y ubicaciones en la grilla respectivamente, ya que según el cuadro del nuevo reescalafonamiento estas dos jerarquías, que según se menciona en la ley original, Ley número 9550, correspondían a las dos mayores que podían aspirar, con la aplicación de esta última legislación y corrimiento de nombres dentro de los nuevos escalafones resultaron perjudicados ya que en concreto “descendieron” en sus posiciones según se ve en el siguiente cuadro:

Ley 13982/09:
1) Oficial de Policía (ingreso a la fuerza)
2) Sargento
3) Subteniente
4) Teniente (Ex Suboficial Principal)
5) Teniente 1º (Ex Suboficial Mayor)
6) Capitán
7) Mayor (término de la carrera)

Como puede observarse en los dos cuadros expuestos anteriormente, mientras que en la ley original (9550/80) las citadas jerarquías ocupaban el anteúltimo y último lugar de la carrera posible, en la actualidad, bajo el régimen que establece la ley 13.982, muchos efectivos retrocedieron en su carrera, quedando a dos y tres niveles más bajo, además de que muchos de los que aún se encuentran en carrera por razones de edad o antigüedad nunca podrán llegar, nuevamente, a las jerarquías superiores.
Por otro lado, vale destacar el perjuicio ocasionado en términos económicos al personal ya retirado, o en el futuro a los que se retiren, ya que el desfasaje entre una jerarquía y otra en algunos casos llega a ser del 50% del salario que debería percibir el individuo.
A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del Proyecto.

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