jueves, 25 de noviembre de 2010

COMENTARIO: PAGO DE SUPLEMENTO ESPECIAL POR COMPENSACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE FUNCIONES:

Sobre la viabilidad de reclamar el pago de un suplemento especial que compense la ejecución de funciones no inherentes a la profesión y digo que ello se desprende de la publicación en boletín oficial de los fundamentos del decreto por el cual el gobierno provincial otorgo una mejora salarial, a los agentes de seguridad del servicio penitenciario bonaerense por el especial desempeño de funciones en trato directo con la delincuencia ante la esencial importancia de las políticas de asistencia y tratamiento de presos, en virtud a resultar irracional que el estado provincial acuerde un premio al servicio penitenciario por el cumplimiento de su deber, en cuanto ello es su función especifica y contradictorio que por los mismos motivos expuestos, no le conceda al personal policial un suplemento especial, en merito a que desarrolla la misma labor en similar situación, siendo que el Art 14 Bis C.N, garantiza al trabajador igual remuneración por tarea de igual valor y aun con mayor derecho por cuanto su cumplimiento no es propio de sus funciones sino ajenas a su competencia.
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