Deseo expresar mi adhesión personal a los dichos por el camarada Scanavino, más digo que de su texto se desprenden las diferencias existentes entre APROPOBA y el COR, consistente en:
- La Participación: por vocación de servicio en virtud a realizar su gestión sin recursos económicos y con inclusión universal, sin diferenciar situación, escalafón, jerarquía, especialidad ni agrupación;
- La Representación, Responsabilidad y Compromiso: por cuanto siendo creado de hecho, sin reconocimiento estatal para poder ejercer la representación legal, carece de obligación para actuar, no obstante diariamente interviene en los todos los asuntos concernientes a la gran familia policial, prueba evidente del compromiso asumido con la totalidad del personal;
- La Modalidad de Acción: es la típicamente sindical de presionar y no la de un amigable componedor que oficia de buena voluntad.
En resumen: la diferencia esencial radica en La Voluntad y El Poder: de "Querer y No Poder" (APROPOBA) y de "Poder y No Hacer" (COR); así es por dignidad que pido el pleno respaldo a Apropoba, para que llegue a ser nuestro representante legal.
Fdo. Manuel González, Vicepresidente Apropoba Bernal.
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